Iniciativa Legislativa Popular y Referéndum Vinculante

De EvolucionDemocratica

Mediante I&R se alude habitualmente a la Iniciativa Legislativa Popular y al Referéndum Vinculante, signos distintivos de cualquier democracia avanzada. En el caso español estos mecanismos están contemplados, pero de forma muy subdesarrollada, tanto, que en más de 30 años de democracia únicamente representativa solo una ILP consiguió ser aprobada por el congreso.


Iniciativa Legislativa Popular

La Iniciativa Legislativa Popular (ILP) es el mecanismo mediante el cual un conjunto de ciudadanos pueden presentar ante Las Cortes una propuesta de ley (1). En un principio los trámites comenzarían con unos promotores (cualquier ciudadano que lo desee) que deberán recoger un número de firmas predefinido para poder presentar la propuesta, en el caso español 500.000, en un período de 6 a 9 meses prorrogable a 12. Si existiese una democracia directa, una vez presentada la propuesta ante las Cortes estas deben rechazarla, aprobarla, o enmendarla. Si es aprobada el trámite llega a término, en cambio si se rechaza los promotores pueden obligar a convocar un referéndum vinculante (referéndum a petición), en esa situación Las Cortes pueden presentar (en el referéndum) una contrapropuesta. Las Cortes también pueden con anterioridad enmendar o reformar la propuesta, en este caso si los promotores están de acuerdo la ley se aprueba sino pueden obligar a convocar un referéndum vinculante en el que aperecerán las dos propuestas.

Sin embargo en la mayoría de democracias representativas, estos mecanismos no están contemplados y las ILPs habitualmente son rechazadas sin explicación alguna. En el caso español, además "No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia." (art.87.3 constitución española). Es decir que no procederá en las leyes más importantes: las leyes de educación, del código penal, las que regulan la propia ILP... casi todas.


Revocación de representantes (recalls)

Un recall, es un tipo especial de iniciativa popular donde no se propone una ley sino el cese de los representantes electos, ya sean estos ministros, presidentes o alcaldes.

Referéndum Vinculante

Un referéndum es una votación donde los ciudadanos escogen entre diversas opciones, en la mayoría de referéndums realizados en España, únicamente se podía votar Sí, No o en blanco a algun tipo de pregunta. En el mejor de los casos los podríamos calificar de encuesta oficial, pero no de otra cosa. En un verdadero referéndum, se vota la aprobación o rechazo de una ley, esto no quiere decir que simplemente se vote una única propuesta de ley. Como se comentaba antes, pueden haber dos opciones; la propuesta de los promotores de la ILP y la contrapropuesta parlamentaria, pero también una de rechazo a todas la propuestas y el voto en blanco.

Exceptuando los referéndums relativos a la ratificación de reformas constitucionales o estatutarias (que sí son verdaderos referéndums), los referéndums en España son sólo de carácter consultivo, es decir que los políticos no están obligados a cumplir con lo que el pueblo vote. Si fuesen vinculantes, la decisión de la ciudadanía debería ser cumplida obligatoriamente.



Véase también:

(1) Ya sea una nueva ley, una reforma o el rechazo a una ley ya existente.

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