Objetivos
El objetivo de Evolución Democrática es hacer avanzar el sistema actual, escasamente democrático, hacia otro que lo sea en mucho mayor grado. Para ello es necesaria, a nuestro juicio, la implantación de los mecanismos básicos de la democracia directa: la iniciativa legislativa popular y el referéndum vinculante.
Estas herramientas permitirán que la ciudadanía se posicione sobre cualquier cuestión cuando lo estime oportuno, y constituyen la primera mejora necesaria para corregir el déficit democrático de nuestro actual sistema representativo mediante:
- reforzar el nexo entre representados y representantes, lo que dará a la democracia representativa una amplia legitimidad de la que hoy carece, y mediante
- complementar la democracia representativa con el ejercicio ciudadano de la democracia directa, lo que corregirá en buena medida la enorme divergencia existente entre la declaración constitucional de que el pueblo es “soberano”, y el hecho de que éste sólo pueda actuar a través de partidos políticos. Más allá del limitado número de cuatro o cinco posturas ideológicas que ofrecen los partidos políticos, millones de ciudadanos –a través de estas herramientas- podremos hacer valer la riqueza de nuestras preferencias, en cada cuestión que estimemos oportuno, sin tener que ajustarnos al menú preestablecido por partido político alguno.
En la legislación española se encuentran ya recogidas tanto la iniciativa legislativa popular como el referéndum vinculante pero, por desgracia, precisamente para desvirtuarlos por completo, de tal forma que no trasladan derechos políticos a los ciudadanos, sino que precisamente se los sustraen. En concreto:
- el carácter vinculante en los referendos se reserva de forma exclusiva para la reforma de algunos artículos de la Constitución, a propuesta del Gobierno y el Parlamento, pactada por los partidos políticos con representación,. Y se prohíbe para cualquier otro caso: por importante que sea y aunque lo propusiera una mayoría aplastante de la ciudadanía española, queda reducido legalmente a un mero plebiscito consultivo sin capacidad decisoria
- del mismo modo, la legislación vigente hace de la iniciativa legislativa popular una herramienta castrada, ya que:
o no puede presentarse iniciativas en materia objeto de ley orgánica (categoría que la Constitución atribuye a una variedad de cuestiones esenciales), normativa tributaria, normas y acuerdos de carácter internacional, referentes a la prerrogativa de gracia, ni las referentes a lo expresado en los artículos 131 y 134.1 de la Constitución (planificación económica y desarrollo social, así como los Presupuestos Generales del Estado)
o el número mínimo de 500.000 firmas autenticadas por Notario a conseguir en 9 meses (más 3 posibles de prórroga) y el importante coste económico que esto supone –a pesar de las subvenciones a posteriori- es una fuerte barrera disuasoria para la mayoría de los ciudadanos
o la Mesa del Congreso tiene la facultad de rechazar cualquier Iniciativa presentada por los ciudadanos, sin que sea siquiera debatida en las Cámaras, y sólo se puede recurrir el dictamen ante el Tribunal Constitucional, lo que puede suponer una demora enorme, y no garantiza que la propuesta de la Iniciativa no sea igualmente rechazada como consecuencia de la consabida politización que acusa el alto tribunal, cuya renovación de vacantes depende de los mismos partidos que componen la Mesa del Congreso.
Por supuesto, esto tiene como resultado esperado que, de las 53 propuestas que contra viento y marea se ha conseguido presentar desde 1984 (fecha de la entrada en vigor de la Ley Orgánica Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular) hasta 2006, el Congreso no ha llegado a aceptar ninguna, y sólo una de las iniciativas logró convertirse en ley tras refundirse con otras dos propuestas de origen parlamentario, con importantes modificaciones al gusto de los partidos políticos (proposición de Ley sobre reclamación de deudas comunitarias, impulsada por los colegios de Administradores de Fincas, que culminó en la aprobación de la Ley 8/1999 de 6 de abril, de Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal). Nuestros representantes son tan “demócratas” que les parece que quinientas mil firmas como mínimo (en algunos casos se ha presentado hasta dos millones) no son mérito bastante como para que sus excelencias debatan las propuestas ciudadanas. Y luego se preguntan las razones de la abstención...
Es importante aclarar que la propuesta de incorporación/adecentamiento de estas herramientas de democracia directa no es una idea experimental de Evolución Democrática en primicia para España. Frente al árido panorama nacional, hay que decir que I+R (principalmente a nivel local) funciona con normalidad en democracias consolidadas de otros países como Suiza, algunos estados de los Estados Unidos y, desde hace poco, en Alemania. Hay movimientos significativos para su inclusión y/o mejora en Austria e Italia.
Por tanto, nuestros objetivos prioritarios son:
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Una Iniciativa Legislativa Popular que incremente drásticamente las capacidades de esta herramienta política en manos del ciudadano, entre otras cosas por la vía de aumentar sus ámbitos de aplicación, facilitar las condiciones para su presentación, y salvaguardar la integridad de las iniciativas ciudadanas durante el proceso de tramitación en las Cámaras de Congreso y Senado.
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El referéndum vinculante como forma de consulta frecuente o incluso habitual –en ocasiones obligatoria- a la ciudadanía, en especial para sancionar o rechazar las mencionadas Iniciativas Legislativas Populares.
El itinerario jurídico de obligado recorrido para la consecución de estos dos objetivos prioritarios no es precisamente un paseo. Ambos objetivos implican la reforma de leyes orgánicas y, sobre todo, de la propia Constitución Española. Esta reforma constitucional requiere mayorías de 3/5 en las Cámaras.
Es obvio, pues, que Evolución Democrática no conseguirá sus objetivos en solitario. En este contexto, la función de ED es iniciar un proceso de deriva mediante el que, por un lado, nuestro mensaje vaya ganando fuerza, apoyos y votos, y por otro lado, vaya arrastrando a otros partidos políticos en esta misma dirección.
No es por tanto un objetivo para pasado mañana, pero no conocemos atajo. Evolución Democrática respeta y acata las propias leyes cuyo cambio persigue.
¿Por qué sólo Iniciativa Legislativa Popular + Referéndum vinculante?
Si hemos conseguido explicar nuestros dos objetivos prioritarios, expliquemos entonces por qué razones priorizamos precisamente estos dos, y no cualesquiera otros objetivos que también pudiera plantearse para la mejora de nuestra democracia.
Con la vista puesta en un saneamiento y regeneración democráticos, se puede considerar muchos otros objetivos concretos como, por ejemplo, una nueva ley de financiación de los partidos políticos; una nueva ley de régimen electoral (que contemple, por ejemplo, las listas abiertas); la legalización del mandato imperativo; la implementación inmediata del voto digital; etcétera.
Con la vista puesta en mejoras de gran alcance que supongan avances cualitativos, se puede también considerar muchos otros objetivos como, por ejemplo: sistema de votación continuo para la elección dinámica de representantes; presupuestos participativos; votaciones para la elección directa de ministros; etcétera.
¿Por qué de entre estos posibles objetivos, y muchos otros que se pueda añadir, Evolución Democrática considera fundamental priorizar la Iniciativa legislativa Popular y el Referéndum Vinculante? Por varias razones:
- la iniciativa legislativa popular y el referéndum vinculante son las dos herramientas con mayor bagaje y eficacia, de sobra contrastados en otros países, en alguno con un recorrido más que centenario.
- ni los demócratas más convencidos e informados se pondrán por completo de acuerdo en relación con el variopinto menú de objetivos enunciados arriba y muchos otros posibles. Esto no es bueno ni malo: mal que le pese a algunos, el matiz forma parte de la realidad, y por tanto la riqueza de opiniones.
- Por lo tanto, el camino eficiente es empujar todos a la vez, precisamente para dotarnos como ciudadanos de las herramientas que nos permitan adoptar ulteriormente cualesquiera otras decisiones (entre ellas, por ejemplo, la posible implantación de cualquiera de las otras mejoras democráticas mencionadas arriba), y tales herramientas son precisamente:
o la iniciativa legislativa popular, que permite que los ciudadanos eleven a las cámaras cualquier propuesta, y
o el referéndum vinculante, que les permite sancionarla, o rechazarla.
Evolución Democrática desea presentarse a las elecciones generales, a las autonómicas y a las locales. Los dos objetivos prioritarios de ED son de aplicación a los respectivos tres niveles administrativos.
Seguramente es en las administraciones locales donde será más sencillo conseguir los primeros logros. Así ha ocurrido en Alemania donde, partiendo de cero, en la última década se ha conseguido incorporar I+R en todos los lander (estados o administraciones reducidas de carácter provincial o local) de la nación, con un incuestionable éxito en cuanto a valoración y funcionamiento, demostrado por todos los sondeos realizados al respecto. En España, bien que dentro de unas condiciones ciertamente complicadas por no decir rocambolescas, existen resquicios legales que permiten plantear referendos vinculantes en los Ayuntamientos. A nivel autonómico la situación varía de unas Comunidades a otras siendo, en general, la misma que en el Estado, si bien en alguna Comunidad se han aprobado normativas aún más restrictivas (aunque parezca difícil) que las existentes a nivel nacional.
